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Modificación de Medidas Definitivas
Los
cónyuges
pueden
solicitar
del
Tribunal
que
acordó
las
medidas
definitivas
de
su
separación
o
divorcio,
la
modificación
de
las
medidas
convenidas
por
ambos
de
mutuo
acuerdo
o
de
las
adoptadas
por
el
Juez
en
defecto
de
acuerdo,
siempre
que
hayan
variado
sustancialmente
las
circunstancias
que
se
tuvieron
en
cuenta
en
la
separación
o
divorcio.
También
podrán
ser
modificadas
las
medidas
definitivas
acordadas en un procedimiento sobre Relaciones paterno filiales.
La
tramitación
de
este
procedimiento
puede
llevarse
a
cabo
de
forma
consensual o contenciosa.
Con
este
tipo
de
procedimiento
se
trata
de
adecuar
las
medidas
definitivas
adoptadas
en
un
proceso
anterior
a
la
nueva
situación
derivada
de
la
existencia
de
unos
hechos
nuevos
que
han
alterado
de
forma
sustancial
las
circunstancias
que
en
su
día
se
tuvieron
en
cuenta
para
dictar
la
resolución
que
trata
de
modificarse.
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